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RESOLUCIÓN DE LA CORTE ELECTORAL CERCENA EL DERECHO DE INICIATIVA CIUDADANA GARANTIZADO POR LA CONSTITUCIÓN
Las organizaciones y colectivos sociales abajo firmantes, en ejercicio del derecho de petición establecido por la Constitución de la República, presentamos hoy a la Corte Electoral la solicitud de anulación de la resolución que pretende modificar los requisitos para expresar la adhesión de las ciudadanas y ciudadanos a iniciativas de reforma constitucional, referéndums y apelaciones contra decretos departamentales, amparados por normas constitucionales y legales.
Por una resolución administrativa de marzo de este año, la Corte Electoral dispuso que, además de la Credencial Cívica y la firma, se debe estampar la huella digital y en una hoja separada, por cada persona, para adherir a las iniciativas populares mencionadas.
Actualmente, en el caso de referéndums para anular total o parcialmente una ley se requiere la impresión digital, pero esta exigencia fue establecida por una ley, no por una decisión de la Corte Electoral. Por ejemplo, para un plebiscito nacional se requiere el apoyo del 10% de los electores, son unas 270.000 firmas, con un 14% adicional por los descartes habituales. Si cada firma requiere una hoja de papel, la campaña debe contar con unas 500.000 papeletas que, a dos pesos por cada impresión, ronda el millón de pesos, Es una exigencia sumamente gravosa e inviable para un colectivo de simples ciudadanos o una organización social sin fines de lucro.
Por otra parte, en ninguno de los casos recientes de presentación de firmas a la Corte Electoral en apoyo de iniciativas populares, como por ejemplo el plebiscito por la reforma de la seguridad social y la iniciativa departamental para declarar a Punta Ballena Área Natural Protegida, enfrentaron dificultades o inconvenientes en el proceso de verificación. En su decisión, la Corte Electoral invoca los literales A y C del artículo 322 de la Constitución de la República, que establece las facultades de la Corte Electoral, pero en ninguno de esos literales se le asigna la potestad de establecer los requisitos para expresar la adhesión de los ciudadanos a las iniciativas mencionadas sin una ley adoptada por el Parlamento que lo disponga.
En resumen, la resolución de la Corte Electoral configura, sin fundamentos que lo justifiquen una imposición de exigencias que restringen indirectamente el ejercicio de derechos garantizados por la Constitución. Además, la decisión carece de respaldo legal y está invadiendo atribuciones del Poder Legislativo. Por tales razones, las organizaciones y colectivos firmantes solicitamos su inmediata anulación y seguiremos movilizados hasta que esto se haga efectivo.
Organizaciones y colectivos firmantes:
- AGRUPACION NACIONAL ProUNIR (pro Unidad de la Izquierda Revolucionaria)
- Amigos de Guichón por los Bienes Naturales
- Anaxiguat Epaj
- Arroyos Pando y Tropa Vieja, Humedales y Franja Costera (APATROVI)
- Asamblea de Mar libre de petroleras Uruguay
- Asociación Civil Ambiental de Salto (ACAS)
- Asociación civil Horizonte 989 Horizonte FM Paysandú
- Asociación Civil Punta Ballena Protegida
- Asociación de funcionarios federados de la UDELAR (AFFFUR)
- Colectivo Agua es Vida
- Colectivo Cerro de la Aldea
- Colectivo Ecofeminista Dafnias
- Colectivo en defensa de los Bañados de Carrasco
- Colectivo La Campana Verde
- Colectivo por la accesibilidad y la inclusión de Costa Azul
- Comisión de vecinas/os en defensa de la Laguna del Cisne y Yasyry (Solís Chico)
- Comisión Nacional en Defensa del Agua y la Vida
- Comisión de Vecinos Las Vegas Lomas del Solís
- Consejo Directivo Nacional ATSS (Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social)
- Cooperativa Buen Vivir
- Coordinadora de Jubilados y Pensionistas del Uruguay (CO.JU.PE)
- Coordinadora por el Retiro de las Tropas de Haití y en Defensa de su Soberanía
- Costa Viva Rocha - Ecofeminismo Río Negro
- EcoFranciscanas
- Frente de Lucha Ambiental Delia Villalba
- FUCVAM (Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua)
- Grupo Derecho Indígena de Uruguay
- Grupo de Trabajo de Ambiente y Derechos Humanos de la Cátedra UNESCO de DDHH de Udelar
- Grupo indigenista Guidai Tekoha
- Guardianes de las Cuencas Arroyo Pando y Laguna del Cisne
- Intersocial Paysandú
- Militantes de izquierda contra UPM
- Movimiento Nacional en Defensa de la Seguridad Social (MONDESS)
- Movimiento por un Uruguay Sustentable (MOVUS)
- Paysandú soberano UPM 2 NO
- Plenaria Memoria y Justicia - Proyecto Ñacurutú
- Red Nacional de Asistencia a Cetáceos de Uruguay (RENACE)
- Red Nacional en Defensa de los Humedales- Uruguay
- Red Nacional No Hidrógeno Verde-Uruguay
- Red Unión de la Costa (RUC)
- Redes Amigos de la Tierra
- Red Eclesial Gran Chaco y Acuífero Guaraní (REGCHAG)
- Redprocielosuy
- Reserva Natural Kyky?
- Sindicato de Obreros y Obreras del Frigorífico Canelones (Soofrica)
- TRIBU Espacio Cultural
- Undi Ateitén Hué
- Círculo Somos Agua
- Vecinos en Defensa del Proyecto de Detalle de Guazuvirá (VEDEPRODE)
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