agesor
. . . . .

Municipio de Dolores
coopace
Proyecto memoria
kechu fletes
@gesor es de acceso completamente gratuito para nuestros lectores, pero si quieres apoyar nuestro trabajo con un donativo, te damos dos opciones, la primera de un único pago de U$S2 (dolares americanos dos) o la segunda con una suscripción de U$S1 (dolares americanos uno) por mes, la que puedes realizar en pagos mensuales o un pago anual.

El equipo de @gesor agradece desde ya vuestro aporte, el que nos permitirá seguir creciendo y brindando cada vez más contenido.
Pago
Opciones de suscripción
Si quieres colaborar con un monto distinto, por favor contacta con info@agesor.com.uy indicando el monto con el que quieres colaborar y te haremos llegar el formulario de pago.
MonedaCompraVenta
38.05 41.05
0.05 0.35
7.23 9.23
40.54 45.39
El Observador El Pais La Juventud La Diaria La Republica El Telegrafo
.
Síguenos Síguenos Canal Instagram
23 de July del 2026 a las 17:50 -
Tweet about this on Twitter Share on Facebook Share on LinkedIn Pin on Pinterest Email this to someone
Hombre condenado por reiterados delitos de violación, abusos sexuales, entre otros
Deberá cumplir una pena de 12 años de penitenciaría
Deberá cumplir una pena de 12 años de penitenciaría

La Fiscalía Letrada Departamental de Rosario, representada por su fiscal titular Hugo Pereira, obtuvo la condena mediante juicio oral, de un hombre como autor penalmente responsable de reiterados delitos de violación, reiterados delitos de atentado violento al pudor, reiterados delitos de abuso sexual agravados y reiterados delitos de violencia doméstica agravada, todos ellos en régimen de reiteración real entre sí, imponiéndole la pena de 12 años de penitenciaría.

La investigación se inició a partir de una denuncia radicada en el año 2021, luego de que tres hermanas, quienes al momento de los hechos eran niñas y adolescentes, relataran a personas de su entorno haber sido víctimas de abuso sexual por parte de la pareja de su madre, con quien convivían.

De acuerdo con lo probado en el juicio, los hechos se desarrollaron durante años, en distintos domicilios en los que residía el grupo familiar, y consistieron en tocamientos de las partes íntimas de las víctimas, actos de exhibicionismo y de espionaje mientras se bañaban, así como episodios de violación respecto de una de ellas. Asimismo, se acreditó que el imputado ejercía violencia física sobre las víctimas y las sometía a amenazas para evitar que relataran lo sucedido, advirtiéndoles que, al tener él la tenencia legal, podía hacer que fueran reingresadas a un centro de protección del INAU.

En su fallo, la jueza otorgó especial valor probatorio al relato de las víctimas, en tanto principal indicador en este tipo de delitos, el cual se vio reforzado por el análisis técnico de los peritos psicólogos y psiquiatras actuantes, quienes concluyeron que los relatos resultaban veraces, coherentes y compatibles con una vivencia real, presentando además indicadores propios de las dinámicas de abuso sexual sostenidas en el tiempo.

La sentencia hace referencia expresa a los estándares nacionales e internacionales aplicables en materia de violencia basada en género, en cuanto a la valoración de la prueba en este tipo de procesos, señalando que los delitos contra la libertad sexual suelen cometerse en ámbitos de privacidad que dificultan la existencia de prueba directa distinta al relato de la víctima, sin que ello implique una disminución de las exigencias probatorias.

Además se le impuso al condenado: la suspensión del ejercicio de la patria potestad o guarda y su inhabilitación por diez años para el ejercicio de funciones públicas o privadas en las áreas de la salud y la educación, o cualquier otra que implique trato con niños, niñas, adolescentes o personas mayores en situación de dependencia; una reparación patrimonial a favor de las víctimas equivalente a 12 salarios mínimos nacionales y la inscripción en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.

Fuente: Fiscalía General de la Nación
 



(648)

A los lectores de @gesor que realizan comentarios, en particular a quienes ingresan en la condición de incógnito, no se molesten en hacer comentarios ya no son publicados debido a que no dejan registro de IP ante eventual denuncia de alguna persona que se sienta dañada por ellos.
Igualmente reiteramos lo que hemos escrito en anteriores oportunidades, que pueden referirse con la dureza que se entienda pertinente pero siempre dentro del respeto general y no discriminando ni agraviando, o con expresiones que de alguna manera inciten a la violencia. Los comentarios son una herramienta maravillosa que debemos preservar entre todos.

Quiere comentar esta noticia?

* Campos obligatorios
* Nombre:
* Correo Electrónico:
* Comentario:
* Caracteres

AGESOR - Soriano - Uruguay // (todos los derechos reservados )

powered by: Daniel Castro 2026
WordPress Appliance - Powered by TurnKey Linux